Las reuniones de
consorcios o de propietarios se utilizan para deliberar las cuestiones
relacionadas con el mantenimiento del edificio. En estas reuniones de consorcio
se pueden deliberar temas de convivencia entre vecinos, arreglos del edificio
en sí, cuestiones administrativas, y todos aquellos temas que puedan surgir.
Las reuniones de
consorcio funcionan de la misma manera que las sociedades (aunque no lo sean),
ya que estas reuniones son como asambleas, y las mismas pueden ser ordinarias o
extraordinarias.
Las asambleas ordinarias
se realizan mínimo una vez por año. En estas reuniones se discuten y analizan
temas como la rendición de cuentas del administrador, el balance de cuentas, el
presupuesto para el año siguiente, etc. Es decir que las asambleas ordinarias
de los consorcios tratan las cuestiones administrativo-contables del consorcio
una vez finalizado el ejercicio anual del mismo. Los administradores de cada
consorcio son los encargados de convocar estas reuniones.
Por otro lado, las
asambleas extraordinarias se realizan cuantas veces sea necesario. Pueden ser
convocadas por el administrador o si existe un pedido por parte de los
propietarios (según el reglamento de cada consorcio variará el numero de pedidos
necesarios). Durante las asambleas extraordinarias se discuten temas como la
aprobación de algún presupuesto para arreglos, o algo que le competa a todos
los propietarios del edificio y sea necesario tratar.
Las asambleas tanto
ordinarias como extraordinarias deben convocarse con tiempo de antelación para
que todos los propietarios e inquilinos puedan enterarse de la misma. Al
momento de convocar se debe hacer entrega de la Orden del día, la cual informa
acerca de los temas a tratar durante la asamblea. Se recomienda a los
propietarios y consorcistas que asistan a las asambleas para poder votar y
comentar acerca de los temas que se van a discutir.
En conclusión, es de
carácter obligatorio realizar al menos una reunión de consorcio anual, para
poder discutir las cuestiones administrativo-contables del edificio. El
administrador debe encargarse de convocarla y se recomienda a todos los
propietarios que asistan, ya que allí se discuten temas que le pueden afectar
y/o beneficiar.