A la hora de alquilar un departamento, las
condiciones que se estipulen dependerán de cada caso en particular y del
arreglo que hagan el locador y el locatario. Sin embargo, hay gastos y
servicios que deberán ser abonados generalmente por el locador O el locatario.
Algunos ejemplos de los servicios
obligatorios que suelen estar a cargo del locatario que alquila el departamento
son los gastos de servicios como la luz, el gas, el teléfono, etc. En
ocasiones, algunos de estos servicios están incluidos en las expensas comunes
(u ordinarias) de todo el edificio, ya que se contrató el servicio para todos
los departamentos. En estos casos, suele ser el locatario también el encargado
de abonar las expensas ordinarias con estos cargos. Sin embargo, aquí hay un
tema que el locador y el locatario deben tratar a la hora de firmar el contrato
de alquiler. Las expensas ordinarias suelen estar a cargo del locatario y las
extraordinarias suelen estar a cargo del locador. Sin embargo, aquellos
arreglos extraordinarios que hayan sido por mal uso por parte del locatario,
deberían estar a cargo de este último.
Por lo tanto, los servicios que si suelen
estar a cargo del locatario, es decir aquella persona que alquila el
departamento y vivirá en el, son los servicios mensuales como luz, gas,
teléfono, agua, etc. Ahora bien, el modo de abonarlos, dependerá del arreglo
que se haga entre ambas partes (el propietario de departamento y el locatario).
Aquellos servicios o impuestos que no debería pagar el locatario son aquellos
relacionados con los impuestos al inmueble, el ABL, etc. Que suelen estar
siempre a cargo del propietario del departamento.
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